Trámites para la donación

Es importante conocer el proceso que sigue la donación de órganos:
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El paciente se encuentra dentro de la unidad hospitalaria.
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Se establece el diagnóstico clínico de la muerte cerebral.
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Se realizan estudios confirmatorios de muerte cerebral.
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Se certifica la pérdida de la vida.
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Se hace referencia al Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA), al Registro Nacional de Trasplantes (RNT) o al Consejo Estatal de Trasplantes(COETRA), según sea el caso.
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El probable donador es evaluado y manejado por el Coordinador Hospitalario en Trasplantes.
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Se ofrece a la familia la opción de donación, en casos de aceptación.
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Se avisa al CENATRA, o en su caso al COETRA, para la asignación de órganos y tejidos y se inicia el contacto con grupos procuradores.
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Se procede a la realización del llenado de documentos oficiales, establecidos por el CENATRA. Si la causa de muerte involucra un hecho violento, se informará al Ministerio Público para que sean anexados los documentos de donación a la Averiguación Previa.
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Una vez concluido el trámite, en ambos casos, se realiza la procuración de órganos y tejidos, en hospitales autorizados, los cuales son enviados a destinos ya establecidos por el CENATRA.
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Por último, terminada la procuración, el cadáver se pone a disposición de la familia o bien al C. Agente del Ministerio Público, según sea el caso.
El proceso de donación de tejidos consiste en:
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El probable donante se encuentra en parada cardiorrespiratoria estableciéndose la causa de muerte.
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Se aborda a la familia sobre la posibilidad de donación, por parte del Coordinador Hospitalario en Trasplantes.
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En caso de aceptación de la donación se procede al llenado de los documentos oficiales establecidos por el CENATRA.
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En caso de que la causa de muerte se encuentre relacionada por un hecho violento se dará aviso al Ministerio Público, de no ser así se procederá a la toma de los tejidos y la toma de muestras de sangre para descartar enfermedades infectocontagiosas.
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Una vez concluido, el cadáver se pondrá a disposición de la familia o bien del C. Agente del Ministerio Público.
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No se puede permitir ningún atentado contra la vida en el intento de conseguir órganos para satisfacer la demanda que se tiene, no se debe considerar al ser humano como un conjunto de productos que pueden ser utilizados en otro ser, sino por el contrario, la solidaridad y altruismo de la persona, permitiendo que éste haga un regalo social a los demás, por propia convicción y pensando en la vida misma.